¿Qué es un estudio de trabajo social?

Es un procedimiento de campo y una herramienta fundamental para conocer más acerca del contexto socioeconómico de los justiciables y así auxiliar en la impartición de Justicia. A través del Estudio en Trabajo Social se confirma y completa la información proporcionada al juez por las partes del juicio, así en juzgador cuenta con los elementos necesarios para verificar la confiabilidad de los datos.

El estudio de trabajo social permite a las y los jueces conocer cuáles son las condiciones sociales y económicas en las que se desenvuelven las partes de un juicio.

¿Qué es un apoyo psicológico?

Es brindar apoyo psicológico a las personas involucradas en una controversia judicial, cuando así se requiera utilizando los protocolos, las técnicas y herramientas psicológicas que faciliten el entendimiento entre los justiciables y los impartidores de justicia.

El apoyo psicológico no es tratamiento psicológico, terapia y/o psicoterapia.

Esta intervención resulta fundamental; ya que principalmente se realiza con niñas, niños y adolescentes, lo que se traduce en un compromiso par parte de los juzgadores y de la Dirección de Psicología con la impartición de justica con perspectiva de infancia y adolescencia.

El dieciséis de marzo de 2022 el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial Del Estado De Querétaro aprobó el Reglamento De Los Centros De Convivencias Familiares Del Poder Judicial Del Estado De Querétaro.

La actualización del reglamento atiende a generar las condiciones necesarias para una mejor actuación de las partes involucradas en las convivencias, mediante normas claras y precisas, adecuadas a la realidad social.

Los Centros de Convivencias Familiares del Poder Judicial del Estado de Querétaro, se constituyen como un lugar idóneo para el desarrollo de las convivencias familiares entre las personas progenitoras y sus descendientes o entre las niñas, niños y adolescentes y sus familiares en línea colateral hasta el cuarto grado, que sean autorizadas por la autoridad judicial.

Es responsabilidad y compromiso del Poder Judicial, legislar y contar con un nuevo ordenamiento normativo que regule los Centros de Convivencias Familiares, de tal forma, que este marco regulador sea de observancia obligatoria para los órganos jurisdiccionales competentes; el personal de los CECOFAM y personas usuarias.

¿Qué es una convivencia familiar supervisada?

Es la interacción que se establece entre las personas progenitoras y sus descendientes o entre las niñas, niños y adolescentes y sus familiares en línea colateral hasta el cuarto grado. Las Convivencias deben ser autorizadas por el órgano jurisdiccional.

Las convivencias se podrán realizar bajo las siguientes modalidades:

Supervisada: Su objeto es que el personal de los CECOFAM, mantenga una observación activa de la interacción sostenida entre las personas que conviven en un lugar y tiempo determinado. Se efectúan en las instalaciones de los CECOFAM.

Entrega-recepción de niñas, niños o adolescentes: Consiste en que el personal de los CECOFAM verifique el momento de la entrega y recepción de las niñas, niños y adolescentes, para las convivencias que serán desarrolladas al exterior de las instalaciones del Poder Judicial.

Virtual: Su finalidad es que el personal de los CECOFAM, mantenga una observación activa de la interacción sostenida entre las personas que conviven a distancia, a través de la plataforma de videoconferencia habilitada por el Poder Judicial.

Es importante mencionar que las fechas y horarios para efectuar las convivencias, se asignarán en base a una agenda electrónica; la que reflejará la disponibilidad actualizada de horarios y fechas; a fin de que el órgano jurisdiccional en coordinación con el personal de los CECOFAM, disponga de ellas para la programación de las convivencias. El desarrollo de las convivencias, será en los términos que fije el órgano jurisdiccional, atendiendo a la disponibilidad de espacios, recursos y horarios de que dispongan los CECOFAM.

Servicio y Horarios de Atención

Dirección de Psicología
Ciudad Judicial Querétaro
Circuito Moisés Solana No. 1001,
Col. Prados del Mirador Querétaro, Qro.
Teléfonos 442 238 7900 y 442 238 7901
Exts. 1180, 1181 y 1182.
Horarios de atención:
Lunes a viernes de 16:00 a 19:00 Hrs., y los días sábados de 9:00 a 14:00 Hrs., excepto los días que conforme al calendario aprobado por el Consejo de la Judicatura se declaren como no laborables.

CECOFAM cede Querétaro
Ciudad Judicial Querétaro
Circuito Moisés Solana No. 1001,
Col. Prados del Mirador Querétaro, Qro.
Teléfonos 442 238 7900 y 442 238 7901
Exts. 1180, 1181 y 1182.
Horarios de atención:
Lunes a viernes de 16:00 a 19:00 Hrs., y los días sábados de 9:00 a 14:00 Hrs., excepto los días que conforme al calendario aprobado por el Consejo de la Judicatura se declaren como no laborables.

CECOFAM cede San Juan del Río
Ciudad Judicial San Juan del Río
Prolongación José María Pino Suarez Sur No. 1
Col. Lomas de Guadalupe, San Juan del Río, Qro.
Teléfonos 427 272 3688, 427 272 12432 y 427 272 8212
Ext. 3145

Horarios de atención:
Lunes a viernes de 16:00 a las 19:00 Hrs., y los días sábados de 9:00 a 14:00 Hrs., excepto los días que conforme al calendario aprobado por el Consejo de la Judicatura se declaren como no laborables.

CECOFAM cede Cadereyta
A un lado del Parque Cirino Anaya.

Es importante señalar que los servicios que proporciona el CECOFAMQRO son totalmente gratuitos.

Los servicios que brinda la Dirección de Psicología no pueden ser solicitados directamente por particulares; todos los servicios son a solicitud del Tribunal Superior de Justicia, los juzgados y las dependencias del Poder Judicial.

El fundamento de la Dirección de Psicología y del CECOFAMQRO se encuentra en los artículos 151 y 162 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Querétaro.

Datos Estadísticos



En el mes de marzo de 2024 la Dirección de Psicología dio trámite a las siguientes actividades:

Salario Mínimo $248.93
vigente a partir de 01/ene/2024

Unidad de Medida y Actualización
(UMA) a partir de 01/feb/2024 $108.57 diario